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Contribución inmobiliaria en Montevideo 2026: quién paga, cuánto y cuándo

05/04/2026 16:18 - Por Alvaro Severo

Contribución inmobiliaria en Montevideo 2026: quién paga, cuánto y cuándo

Cada año, en el buzón de miles de propietarios montevideanos aparece una factura que muchos pagan sin entender del todo: la contribución inmobiliaria.

Algunos la pagan en tres cuotas casi por inercia. Otros la ignoran hasta que acumulan deuda. Y una parte significativa desconoce que podría estar pagando menos —o directamente nada— si cumple con ciertas condiciones que la Intendencia de Montevideo nunca publicita demasiado.


Este artículo explica, con datos oficiales de 2026, qué es exactamente la contribución inmobiliaria, cómo se calcula, cuándo vence, qué pasa si no se paga y quiénes pueden acceder a exoneraciones parciales o totales.

Qué es la contribución inmobiliaria y quién está obligado a pagarla

La contribución inmobiliaria es un impuesto departamental que cobra la Intendencia de Montevideo (IMM) sobre los bienes inmuebles ubicados en suelo urbano y suburbano del departamento. No es un impuesto nacional: lo recauda y administra exclusivamente la Intendencia, y su monto varía según el valor imponible de cada padrón.

Están obligados a pagar este impuesto los propietarios, los poseedores a cualquier título, los promitentes compradores con promesa inscripta o con fecha cierta y los mejores postores en remate judicialmente aprobado de bienes inmuebles ubicados en Montevideo. Esto significa que si compraste una propiedad con boleto de reserva pero todavía no firmaste la escritura, ya sos sujeto pasivo de este impuesto.

La obligación nace al 1° de enero de cada año. Quien sea propietario o poseedor en esa fecha es el responsable del pago de la contribución de ese ejercicio, independientemente de si vende la propiedad durante el año.

Cómo se calcula: la escala progresiva de 2026

El cálculo de la contribución inmobiliaria en Montevideo se basa en el valor imponible del padrón, que es determinado anualmente por la Dirección Nacional de Catastro (DNC) y actualizado por la IMM. Este valor no es el precio de mercado del inmueble: es un valor administrativo que generalmente se ubica por debajo del precio real de venta.

Sobre ese valor imponible se aplica una escala progresiva de seis franjas, con alícuotas que van del 0,18% al 1,80%. El sistema es similar al del IRPF: cada franja se aplica solo sobre la porción del valor imponible que cae dentro de ese rango, no sobre el total.

Franja de valor imponible 2026 ($) Tasa general Tasa especial (VI < $2.481.577)
$1 a $992.630 |  0,25% 0,18%
$992.631 a $2.481.577 | 0,75% 0,75%
$2.481.578 a $4.963.144  | 1,00% —
$4.963.145 a $8.551.753  | 1,20% —
$8.551.754 a $17.103.509 | 1,65% —
$17.103.510 en adelante 1,80% —
Tasa especial para inmuebles de menor valor: desde el 1° de enero de 2024, por el Decreto N° 38.156, los inmuebles con valor imponible 2026 inferior a $2.481.577 acceden a una alícuota reducida del 0,18% en la primera franja (en lugar del 0,25% general). Según la IMM, aproximadamente el 70% de los padrones de Montevideo quedan comprendidos en esta categoría.

Ejemplo de cálculo real para un apartamento típico

Para entender cómo funciona la escala en la práctica, tomemos un apartamento de 2 dormitorios en Cordón con un valor imponible 2026 de $1.800.000 (un valor representativo para ese tipo de inmueble en ese barrio).

Como el valor imponible es inferior a $2.481.577, aplica la tasa especial en la primera franja:

Franja Base imponible en la franja Tasa Impuesto parcial
Primera ($1 a $992.630) $992.630 0,18% $1.787
Segunda ($992.631 a $1.800.000) $807.370 0,75% $6.055
Total anual $7.842
Ese monto de $7.842 pesos uruguayos anuales equivale a aproximadamente USD 190 al tipo de cambio de abril 2026 (USD 1 ? $41,5). Dividido en tres cuotas, representa menos de $2.700 por cuota, un monto que muchos propietarios pagan sin haber verificado si el cálculo es correcto.

La IMM ofrece un simulador oficial en su portal donde cualquier propietario puede ingresar el número de padrón y obtener el monto exacto de su contribución 2026.

Cuándo vence en 2026: el calendario completo

La contribución inmobiliaria de Montevideo puede pagarse de dos formas: en un único pago anual en marzo, o en tres cuotas cuatrimestrales. Los vencimientos para 2026 son los siguientes:

Modalidad Vencimiento Estado (al 5 de abril 2026)
Cuota 1 / Pago anual 10 de marzo de 2026 Vencido
Cuota 2 10 de julio de 2026 Próximo
Cuota 3 10 de noviembre de 2026 Pendiente
Ventaja del pago anual: quienes pagan el total en marzo evitan el ajuste por IPC que se aplica a las cuotas de julio y noviembre. En un año con inflación del 5% anual, ese ajuste puede representar entre un 1,5% y un 2,5% adicional sobre el valor de las cuotas siguientes. No es un descuento directo, pero sí un ahorro real.

Qué pasa si no pagás en fecha

El atraso en el pago de la contribución inmobiliaria genera consecuencias económicas que se acumulan rápidamente. La IMM aplica el siguiente esquema de multas:

Período de mora Sanción
Primeros 30 días Multa del 0,5% diario sobre el monto adeudado
A partir del día 31 Multa fija del 15% más actualización por IPC
Además del costo económico, el atraso implica la pérdida del derecho a participar en el Sorteo del Buen Pagador: en diciembre de cada año, la IMM sortea 700 cuentas entre los contribuyentes que pagaron en fecha los últimos 12 meses. Los ganadores quedan exonerados de pagar Contribución Inmobiliaria, Tasa General Municipal y Tarifa de Saneamiento durante todo el año siguiente.

En el largo plazo, la deuda de contribución inmobiliaria puede convertirse en un obstáculo para vender la propiedad: el escribano interviniente en cualquier compraventa verificará el estado de deuda del padrón, y una deuda acumulada puede bloquear el cierre de la operación o reducir el precio neto que recibe el vendedor.

Exoneración para jubilados y pensionistas: quién puede pedirla

La IMM ofrece una exoneración del 50% o el 100% de la contribución inmobiliaria para jubilados y pensionistas que cumplan simultáneamente con cinco condiciones. Es uno de los beneficios fiscales más relevantes para propietarios mayores en Montevideo, y uno de los menos conocidos.

Las condiciones son las siguientes, según la normativa vigente actualizada al 18 de marzo de 2026:

1. Ser jubilado o pensionista al 1° de enero del año. La condición debe estar vigente en esa fecha, no al momento de presentar el trámite.

2. Ser sujeto pasivo del impuesto. El jubilado debe ser propietario, poseedor o promitente comprador del inmueble al 1° de enero. El bien puede ser propio o ganancial.

3. El inmueble debe ser la casa habitación y la única propiedad en todo el país. Si el jubilado tiene otra propiedad en cualquier departamento del Uruguay, no accede a la exoneración.

4. Los ingresos del núcleo familiar no pueden superar las 5 BPC mensuales. A enero de 2026, 1 BPC = $6.864, por lo que el tope es de $34.320 mensuales para el núcleo familiar completo (jubilado + cónyuge o concubino + otros integrantes del hogar).

5. El valor imponible del inmueble no puede superar ciertos topes:

Situación Exoneración 100% Exoneración 50%

Jubilados y pensionistas generales Valor imponible ? $1.152.679 Valor imponible entre $1.152.679 y $1.729.029
Pensión por invalidez / jubilación por incapacidad total Valor imponible ? $1.729.029 Valor imponible entre $1.729.029 y $2.593.543
Para los beneficiarios de pensión por invalidez o jubilación por incapacidad total, el tope de ingresos también se incrementa al 50%: el núcleo familiar puede percibir hasta 7,5 BPC mensuales ($51.480 a enero de 2026).

Cómo tramitarla: el trámite se realiza de forma presencial en cualquier Centro Comunal Zonal de Montevideo, entre el 1° de junio y el 31 de julio de cada año. Debe renovarse anualmente. La documentación requerida incluye cédula de identidad vigente, recibo de pasividad de enero del año en curso, recibo de contribución del año anterior y documentación que acredite los ingresos de todos los integrantes del núcleo familiar.

Qué otros tributos incluye la factura de contribución

Un detalle que muchos propietarios desconocen: la factura de contribución inmobiliaria no incluye solo ese impuesto. La IMM cobra de forma conjunta otros dos tributos que aparecen en la misma boleta:

La Tasa General Municipal (TGM) es un tributo por los servicios municipales generales (recolección de residuos, alumbrado, mantenimiento de espacios públicos). Su monto se calcula también sobre el valor imponible del padrón y varía según la zona del departamento.

La Tarifa de Saneamiento es el cobro por el servicio de saneamiento de la red de OSE. Se calcula sobre el consumo de agua potable del inmueble y se cobra junto con la contribución en los padrones que tienen conexión a la red.

Esto significa que el monto total que aparece en la factura es siempre mayor al de la contribución inmobiliaria pura. Para un apartamento típico de Cordón, el total de los tres tributos puede representar entre $12.000 y $18.000 anuales, dependiendo del valor imponible y el consumo de agua.

Contribución inmobiliaria y venta de la propiedad: lo que el vendedor debe saber

Cuando una propiedad se vende, el estado de deuda de la contribución inmobiliaria es uno de los primeros elementos que verifica el escribano interviniente. Si existe deuda acumulada, hay dos escenarios posibles: el vendedor la cancela antes del cierre, o el monto adeudado se descuenta del precio de venta.

En propiedades heredadas o con varios años de abandono, la deuda de contribución puede acumularse hasta representar varios miles de dólares. En esos casos, es fundamental conocer el estado de deuda del padrón antes de iniciar cualquier proceso de venta, para incorporar ese costo en el análisis financiero de la operación.

En Piso Inmobiliario, como parte del proceso de tasación y preparación para la venta, verificamos el estado tributario de cada padrón y asesoramos al propietario sobre cómo gestionar las deudas existentes antes de salir al mercado. Una propiedad con deuda de contribución puede generar complicaciones en el cierre que retrasen la operación semanas o incluso meses.

Preguntas frecuentes

¿Quién paga la contribución inmobiliaria cuando la propiedad está alquilada?

El propietario, siempre. La contribución inmobiliaria es un impuesto que recae sobre el titular del inmueble, no sobre el inquilino. Algunos contratos de arrendamiento incluyen cláusulas que trasladan este costo al inquilino, pero eso es un acuerdo privado entre las partes: ante la IMM, el responsable del pago sigue siendo el propietario. Si el inquilino no paga y el propietario tampoco, la deuda se acumula sobre el padrón.

¿Puedo pagar la contribución inmobiliaria sin tener la factura impresa?

Sí. No es necesario presentar la factura impresa en ningún punto de pago. Basta con indicar el número de cuenta corriente del padrón (que figura en cualquier factura anterior o se puede consultar en el portal de la IMM con la cédula de identidad). El pago en línea a través del portal de la IMM tampoco requiere factura física.

¿Qué pasa si el valor catastral de mi propiedad está desactualizado?

El valor imponible que usa la IMM para calcular la contribución es determinado por la Dirección Nacional de Catastro (DNC) y puede diferir significativamente del valor de mercado. Si considerás que el valor catastral de tu padrón no refleja las características reales del inmueble (por ejemplo, si hay mejoras no registradas o si el valor está sobreestimado), podés solicitar una revisión ante la DNC. Un valor catastral incorrecto puede implicar que estás pagando más contribución de la que corresponde.

¿La contribución inmobiliaria se paga también en los departamentos del interior?

Sí, pero cada Intendencia departamental fija sus propias tasas, plazos y condiciones. Las alícuotas y los vencimientos de Montevideo no aplican en Canelones, Maldonado, Colonia ni en ningún otro departamento. Si tenés propiedades en varios departamentos, debés verificar el calendario de cada Intendencia por separado.

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